Una infografía sobre este tema se encuentra en la página www.araqueasociados.com, en la cual encontrarán los principales contenidos y aplicaciones de la primera reforma tributaria del actual Gobierno que se conoce como la Ley 2277 de 2022, cuyos efectos comenzaron a aplicarse a partir del primero de enero del año pasado, y en especial, ahora en este año 2024 que comenzaron a presentarse en este mes de abril las declaraciones del impuesto a la renta por el año gravable 2023 de las personas jurídicas. Continuamos con los siguientes temas:
- SE DISMINUYÓ EL BENEFICIO TRIBUTARIO EN LA UTILIDAD POR VENTA DE ACCIONES.
El inciso 2 del artículo 36-1 del Estatuto Tributario, fue modificado por el artículo 16 de esta tributaria del año 2022 para dejar establecido y en efecto reducir el beneficio tributario, entiéndase, a partir del año gravable 2023, que las utilidades no gravadas con el impuesto a la renta ni ganancia ocasional provenientes de la enajenación de acciones inscritas en una Bolsa de Valores Colombiana de las cuales sea titular un mismo beneficiario real, ahora solo hasta un 3% (hasta el año gravable 2022 10%) de las acciones en circulación de la respectiva sociedad durante un mismo año gravable.