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¿QUÉ ES LO MÁS IMPORTANTE A TENER EN CUENTA EN UN CIERRE CONTABLE Y FISCAL? (II).

En la columna tributaria del lunes anterior, iniciamos el tema de CIERRE CONTABLE Y FISCAL 2023, y comentábamos, que para conocer las cifras tributarias que se irían a declarar en el impuesto a la renta por el año gravable 2023, en el marco de un adecuado proceso de cierre contable y fiscal, continúa siendo de vital importancia los siguientes tres (3) temas:

  1. EL LÍMITE A BENEFICIOS Y ESTÍMULOS TRIBUTARIOS PARA SOCIEDADES NACIONALES.

El artículo 14 de la Ley 2277 de 2022, por medio del cual,  adiciona el artículo 259-1 del Estatuto Tributario, ha establecido un límite a determinados beneficios y estímulos tributarios, es decir, a determinados ingresos no gravados, deducciones especiales, rentas exentas y descuentos tributarios.

En efecto, establece esta norma, que los anteriores beneficios y estímulos tributarios no podrán exceder el 3% anual de su renta líquida ordinaria antes de detraer las deducciones especiales que vamos más adelante vamos a recordar.

Por lo tanto, para efectos del cálculo del impuesto a pagar, se debe adicionar al impuesto a cargo del respectivo año gravable siempre que sea positivo conforme a la fórmula de cálculo que se establece en este nuevo artículo del estatuto tributario.   

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