LA RETENCIÓN EN LA FUENTE POR RENTAS DE TRABAJO POR INGRESOS PROVENIENTES DE HONORARIOS Y COMPENSACIONES POR SERVICIOS PERSONALES
Les recordamos, que en el sitio web www.araqueasociados.com encontrarán una infografía con los principales contenidos y aplicaciones de la primera reforma tributaria del actual Gobierno que se conoce como la Ley 2277 de 2022, cuyos efectos comenzaron a aplicarse a partir del primero de enero del año pasado.
LA RETENCIÓN EN LA FUENTE.
El mecanismo de retención en la fuente es la herramienta de recaudo más eficiente y eficaz que utiliza el Estado para el pago anticipado de determinados impuestos, especialmente en el impuesto a la renta y complementario. Así lo ha dispuesto desde siempre el artículo 367 del Estatuto Tributario cuando estableció su finalidad consagrando: “La retención en la fuente tiene por objeto conseguir en forma gradual que el impuesto se recaude en lo posible dentro del mismo ejercicio gravable en que se cause”.