Nos referíamos en ediciones anteriores de este año 2024, de nuestra columna CONSULTORIO TRIBUTARIO del periódico Diario del Huila, hablando precisamente de la importancia de establecer un adecuado cierre contable y fiscal para conocer las cifras que se irían a declarar en el impuesto a la renta por el año gravable 2023, para lo cual se requiere del conocimiento y experiencia del reporte de la conciliación fiscal que ordena el artículo 772-1 del Estatuto Tributario reglamentado por el Decreto 1998 de 2017; y por otra parte resaltábamos, que por primera vez con la declaración del impuesto a la renta se debe analizar y cumplir con una TASA MÍNIMA DE TRIBUTACIÓN que fue establecida por el artículo 10 de la Ley 2277 de 2022 que modifica el artículo 240 del Estatuto Tributario, temas a los que nos vamos a referir a título informativo en esta ocasión.